Menor de edad preso de la revuelta en un CIP del SENAME sufrió golpiza por parte de Gendarmería

El pasado martes, la defensa de Benjamín, el único menor de edad preso del estallido social en un Centro de Internación Provisoria (CIP) del SENAME y acusado de la quema de Metro Pedrero, presentó nuevamente, una solicitud de cambio de medida cautelar de internación provisoria a arresto domiciliario, la que fue negada por el 13° Juzgado de Garantía de San Miguel.

Durante la misma jornada, la casa cinco del CIP San Joaquín tuvo un problema con los gendarmes que resguardan la línea de fuego del recinto, resultando golpeados tres menores de edad, entre ellos Benjamín, constatando lesiones posteriormente.

A raíz del hecho, Rodrigo Román, abogado defensor del menor, presentó una Cautela de Garantías –es decir, cuando se estima que el imputado no está en condiciones de ejercer los derechos que le otorgan las garantías judiciales consagradas en la Constitución Política-  ante el mismo juzgado que denegó la solicitud de cambio de medida cautelar.

Una vez presentada la Cautela, Fiscalía debe citar a audiencia a la defensa en el Tribunal para saber cuáles son las medidas que se deben adoptar. Román, además, solicitó un informe con carácter de urgente al CIP San Joaquín en el que se explique el porqué de la golpiza recibida por el menor.

Paralelo a eso, la Defensoría de la Niñez se comunicó con la defensa del joven, señalando que “harán todo lo que esté dentro de sus facultades”, según una de las abogadas que se contactó con Román durante la mañana de este jueves.

A propósito de la negativa al cambio de medida cautelarla defensa apeló y declaró a El Ciudadano, que presentarán un Recurso de Amparo en la Corte de Apelaciones y dependiendo de la resolución, pasará o no a la Corte Suprema.

Anterior a eso, el pasado viernes fue la audiencia de preparación de Juicio Oral de Benjamín, en el que se excluyeron las pruebas de la defensa, lo que quiere decir, que “se le permitió al Ministerio Público producir una prueba pericial sin acreditar las pruebas. En simple, se cercena el derecho a defensa y el tribunal deja de ser garantía para el imputado”, declaró Román.

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